
ATLETICO DE LUGONES SOCIEDAD DEPORTIVA
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO
IDEARIO DEL CLUB
El Club Atlético de Lugones Sociedad Deportiva, es un Club Básico Deportivo, sin ánimo de lucro, legalmente constituido en el ámbito marcado por la Legislación Deportiva del Principado de Asturias, y que tiene como fin el cumplimiento de los siguientes OBJETIVOS:
1.- Difundir entre todos sus componentes y mediante los medios a su alcance, la práctica deportiva del fútbol.
2.- Formar a todos aquellos jóvenes que lo deseen en la práctica deportiva del fútbol.
3.- Inculcar los valores deportivos y sociales que estén a su alcance entre todos aquellos componentes del Club.
4.- Difundir el nombre de Lugones por todo el mundo, a través de la práctica deportiva del fútbol y con todos los medios que estén a su alcance.
5.- Hacer de Lugones y de su actividad deportiva, un referente al más alto nivel que sea posible.
6.- Contribuir en el ámbito de la competición a la unión entre personas, pueblos, ciudades y razas.
7.- Inculcar entre sus componentes y contribuir con la sociedad a lograr los objetivos básicos para una convivencia libre y en paz a través de la práctica deportiva.
8.- Buscar que todos aquellos deportistas que pertenecen a nuestro Club consigan una formación humana, además de la deportiva, que les ayude en su desarrollo personal y en su vida futura.
9.- Integrar en el Club a todas aquellas personas relacionadas directa o indirectamente con el objetivo final del mismo, tanto en el ámbito social como en el deportivo.
10.- Inculcar entre todos sus componentes los lemas deportivos siguientes:
“Deporte es vida”
“Deporte es salud”
“Deporte es relación y amistad”
INDICE:
TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES
1.- Objeto
2.- Ambito de aplicación
3.- Facultades de la Junta Directiva
TITULO II: COMPOSICION Y ESTRUCTURA
Capítulo I: Organos de gobierno
4.- Estructura
5.- Principios de actuación
Capítulo II: Organos unipersonales
6.- Director Deportivo
Capítulo III: Entrenadores y monitores
7.- Carácter
8.- Derechos de los entrenadores
9.- Deberes de los entrenadores
Capítulo IV: Jugadores y Equipos
10.- Derechos de los jugadores
11.- Deberes de los jugadores
12.- Selección de jugadores
Capítulo V: Padres, Madres y Tutores
13.- Papel en el club
TITULO III: REGIMEN DISCIPLINARIO
Capítulo VI: Definición
Capítulo VII:Infracciones
14.- Clasificación.
15.- Faltas Leves
16.- Faltas Graves
17.- Faltas Muy Graves
Capítulo VIII: Sanciones
18.- Por Faltas Leves
19.- Por Faltas Graves
20.- Por Faltas Muy Graves
Capítulo IX: Procedimiento sancionador y
competencias
TITULO IV: DISPOSICIONES FINALES
TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES
1 Objeto
El presente reglamento de Régimen Interno, tiene por objeto regular la organización
y funcionamiento del Club Atlético de Lugones Sociedad Deportiva (denominándose
de aquí en adelante como el “Club”), dentro del marco construido por la Legislación
Deportiva vigente y con sujeción plena a lo establecido en su ideario y Estatutos.
Por ello, cualquier recomendación, norma, sanción o actuación emanada del Club,
solo tiene como finalidad contribuir a la adecuada formación de la personalidad y
valores humanos de todos y cada uno de los integrantes del mismo, a través de la
práctica deportiva, en este caso, del fútbol.
Para llevar a efecto este plan, el Club ha creado una estructura organizativa
Compuesta por el Director Deportivo, Entrenadores y Delegados que,
basándose en el objeto fundamental anteriormente expuesto y apoyándose en una
serie de procedimientos de actuación, tienen a su cargo las siguientes responsabilidades
básicas:
a) La formación tanto técnica y táctica, como de carácter deportivo, de todos
los componentes de los equipos a su cargo.
b) La gestión, seguimiento y control de equipos y jugadores en todas las
categorías y edades.
c) La representación del Club ante la Federación Asturiana de Fútbol del
Principado de Asturias.
d) Mantener el prestigio deportivo del Club en cada categoría y competición
en los que participe cualquier equipo a su cargo.
2 Ambito de aplicación
El presente Reglamento será de aplicación en los siguientes ámbitos:
a) PERSONAL
- A los deportistas inscritos en el Club desde la formalización de
su inscripción, hasta su baja en el mismo.
- A todo el personal técnico del Club.
- A todo el personal auxiliar del Club.
- A todas aquellas personas o entidades que, por cualquier motivo
y temporalmente, formen parte del Club.
- A todos los padres/madres de los jugadores desde el momento
de la inscripción de los mismos hasta su baja en el Club, en todos
aquellos aspectos que les sean aplicables.
b) ESPACIAL
- A las instalaciones deportivas de la finca La Acebera, complejo
deportivo Santa Bárbara, situadas en Lugones y propiedad del
Ayuntamiento de Siero y gestionadas por el Patronato Deportivo
Municipal de Siero y por el Club.
- A cualquier instalación deportiva, local, edificio o espacio a los
que, por motivos de la práctica de la actividad deportiva, se
desplacen los componentes del Club, en parte o en su
totalidad, bién sea de modo esporádico o habitual.
c) NORMA GENERAL APLICABLE
- A todos los efectos, el Director Deportivo, los técnicos, jugadores y
delegados serán responsables directos de las acciones posibles cometidas por
sus familiares, amigos, conocidos ó acompañantes. El incumplimiento por
parte de las personas enumeradas anteriormente de cualquiera de las
obligaciones recogidas en el presente Reglamento y especialmente las
relativas a:
1) El respeto y cumplimiento de las normas y reglamento
de la competición.
2) La falta de dedicación y esfuerzo necesarios para el
desarrollo de la actividad deportiva.
3) El respeto de la imagen personal y del Club
facultarán al Club, a través de su Junta Directiva, a imponer a la persona o
personas directamente responsables, las pertinentes sanciones, pudiendo
incluso expulsarles del equipo en casos de reiteración o extrema gravedad.
3 Facultades de la Junta Directiva
La Junta Directiva es el órgano de dirección y administración del Club, y
como tal, ejecutará los acuerdos adoptados por la Asamblea General y ejercerá las
siguientes funciones:
- Dirigir la gestión del Club, velando por el cumplimiento de su objeto social.
- Crear las comisiones o grupos de trabajo que considere necesarias.
- Nombrar a las personas que hayan de dirigir las distintas comisiones o áreas
de participación, así como organizar todas las actividades deportivas y
sociales del club.
- Confeccionar el inventario, balance y memoria anual que hayan de ser
sometidos a la aprobación de la Asamblea.
- Proponer la redacción o reformas del Reglamento de Régimen interior
fijando las normas correspondientes y las tarifas a que hubiese lugar.
- Vigilar el fiel cumplimiento de los Estatutos y Reglamentos del Club,
teniendo la facultad para abrir expedientes disciplinarios, imponer
sanciones o expulsar del Club a quien no cumpliese con los requisitos y
exigencias expuestas.
TITULO II: COMPOSICION Y ESTRUCTURA
Capítulo I: Organos de Gobierno
4 Estructura
El Club, de conformidad a lo establecido, contará con los siguientes órganos de
Gobierno:
a) Colegiados: Asamblea General y Junta Directiva.
b) Unipersonales: Presidente, Vicepresidentes, Tesorero y Vocales.
Lo dispuesto anteriormente se entenderá sin perjuicio de la existencia y funciones
de otros órganos del Club como el Director Deportivo en el ámbito de sus
Competencias.
5 Principios de actuación
Los órganos de gobierno velarán para que las actividades del Club se desarrollen de
acuerdo con el Proyecto (ideario) del mismo, con el objeto de hacer posible la
efectiva realización de los fines previstos.
Dichos órganos de gobierno, garantizarán, en el ámbito de su competencia, el
ejercicio de los derechos reconocidos a los jugadores, entrenadores, delegados, así
como a padres y madres o tutores; y velarán por el cumplimiento de los deberes
correspondientes. Asimismo, favorecerán la participación efectiva de todos los
miembros del Club en la vida del mismo, en su gestión y en su evaluación.
En el seno de la Junta Directiva, se podrá constituir un Comité de Disciplina al que,
corresponderá, por delegación de aquella, la resolución de los expedientes incoados
por la comisión de hechos que puedan ser conceptuados como falta grave o muy
grave. Dicho Comité estará compuesto por un mínimo de tres personas y un máximo
de cinco, siendo una de ellas el Director Deportivo y el resto miembros de la Junta
Directiva pudiendo, en el caso de que el Presidente del Club así lo decidiera, haber
una persona ajena al Club con reconocida solvencia en temas disciplinarios.
Capítulo II: Otros órganos unipersonales
6 Director Deportivo
El Club contará con la figura del DIRECTOR DEPORTIVO, persona que se
encargará de gestionar directamente todos los asuntos estrictamente deportivos
dentro del Club en el ámbito de todas las categorías.
Elección del Director Deportivo
Será elegido o destituido, por acuerdo de la Junta Directiva del Club, y nombrado
por el Presidente.
Funciones del Director Deportivo
Tendrá las siguientes funciones dentro del Club:
- Dirigir, coordinar y controlar todas las actividades de los diferentes
equipos del Club, relativas a entrenamientos, horarios, y partidos de
competición, tanto oficial como de carácter amistoso.
- Ejecutar las directrices emanadas de la Junta Directiva del Club, que le
serán comunicadas a través del responsable nombrado por la Junta.
- Hacer cumplir el Reglamento de Régimen interior a todos los jugadores,
entrenadores y delegados, instándoles a su conocimiento y puesta en
práctica.
- Gestionará, controlará y efectuará el seguimiento de todos los jugadores y
entrenadores del Club, estando a su disposición de cara a resolver cualquier
problema que se les presente.
- Marcará las directrices a seguir a cada entrenador a principios de temporada
en cuanto a métodos de entrenamiento, sin perjuicio de los acuerdos a que
llegue con los mismos para el desarrollo de su labor, así como los objetivos
a conseguir en la misma.
- Podrá ejercer, simultáneamente, cualquier otra actividad relacionada con el
Club, y que le sea encomendada.
- Tendrá la facultad de pasar a los jugadores de un equipo a otro, siempre que
la situación deportiva así lo aconseje, incluso cambiándoles de categoría
siempre y cuando no se incumplan ni vulneren los Reglamentos de la Real
Federación de Fútbol del Principado de Asturias.
- Tendrá atribuciones para cesar de su cargo a cualquier entrenador que no
cumpla con las directrices marcadas, o incumpla de manera clara lo
indicado en el Reglamento de Régimen interior del Club. Para ello, bastará
que comunique su decisión a la Junta Directiva del Club a través de su
responsable.
- Tendrá la obligación de guardar las mismas formas, respeto y compostura en
cualquier ámbito de su trabajo, exigidas a cualquier otro componente del
Club.
- Elaborará los informes que le sean requeridos y efectuará seguimiento de
otros equipos, jugadores y entrenadores que, en un futuro, pudiesen ser
interesantes para el Club.
- Estará obligado a cumplir las recomendaciones y obligaciones que le sean
asignadas en el presente Reglamento, así como las que le fuesen
encomendadas por la Junta Directiva del Club.
- Tendrá plenos poderes sobre jugadores, entrenadores y delegados de todos
los equipos del Club, siempre dentro de las normas establecidas en el
presente Reglamento de Régimen interior.
- El Director Deportivo, respetará la intimidad del vestuario, no pudiendo
influir ni opinar en ninguna decisión tomada dentro del mismo, donde será
el entrenador el máximo responsable, salvo que sea requerido para ello.
Capítulo III: Entrenadores y monitores
7 Carácter
Los entrenadores y monitores son aquellos miembros del Club que desempeñan la
función docente en el ámbito deportivo, y cuyo ejercicio se orientará a la realización
de los fines educativos y deportivos establecidos en el ideario del Club.
Por su proximidad al jugador, constituyen el núcleo principal de su formación, y
gozan de la absoluta confianza tanto del Director Deportivo, como de la Junta
Directiva.
La designación de los entrenadores compete a la Junta Directiva, a propuesta del
Director Deportivo.
8 Derechos de los entrenadores y monitores
Los entrenadores y monitores tendrán los siguientes derechos en el desarrollo de su
labor dentro del Club:
- Ejercerán sus funciones dentro del respeto al ideario del Club y al presente
Reglamento de Régimen interior, en los equipos de trabajo a que se le
destine.
- Serán informados, por quien corresponda, de los asuntos que atañen al Club
en general, dentro del ámbito de sus competencias, y a ellos en particular.
- Serán tratados con respeto y corrección por el resto de estamentos e
integrantes del Club.
- Tendrán derecho al uso de todos los medios materiales e instalaciones de
que disponga el Club, para cumplir los fines del mismo, y con arreglo a las
normas que regulen su uso.
- Podrán presentar peticiones, sugerencias y quejas de orden deportivo
formuladas directamente ante el responsable designado, o por escrito ante
los Organos Unipersonales y Colegiados del Club.
9 Deberes de los entrenadores y monitores
Todos los entrenadores y monitores del Club, en el momento que adquieren
compromiso con el mismo, tienen los siguientes deberes:
- Elaborar la planificación anual de las actividades a su cargo y, una vez
aprobada por el Director Deportivo, desarrollar y cumplir con la
programación establecida.
- Participar, salvo causa debidamente justificada, en todas las actividades
programadas, así como en las que sea debidamente convocado.
- Mantener en el aspecto personal y en el técnico-deportivo, una conducta
digna y respetuosa con el Ideario del Club en el desarrollo de sus funciones,
así como en su relación con los distintos estamentos y miembros del Club,
especialmente con los deportistas.
- Desempeñar con competencia, exactitud y puntualidad las tareas y
actividades correspondientes.
- Atender las consultas de los deportistas, estimular su esfuerzo y favorecer
la convivencia y el desarrollo de todos los valores señalados en el Ideario
del Club.
- Atender las consultas de los padres de los deportistas en orden a compartir
la tarea educadora en el ámbito de su competencia.
- Aplicar el presente Reglamento de Régimen interior, en el nivel de su
competencia.
- Cumplimentar un Diario de Entrenamiento en los términos que se
expresarán en el modelo que se le entregue, sobre todo los relativos a la
asistencia y conducta de los deportistas.
- Mantener el orden y limpieza en el espacio deportivo que ocupe en cada
momento, en el nivel de su competencia.
- Estarán obligados a velar por el material deportivo que utilicen y serán
responsables del mismo desde su inicio hasta su recogida.
- Respetarán y cumplirán los acuerdos tomados por la Junta Directiva.
- Llevar siempre el equipamiento deportivo adecuado a la actividad de que
se trate, cumpliendo en todo momento las especificaciones que para el
mismo se detallan.
Capítulo IV: Jugadores y equipos
10 Derechos de los jugadores
El jugador tiene derecho a recibir una formación que asegure el pleno derecho de su
personalidad.
Todos los jugadores tienen derecho a que se respete su integridad física, moral y su
dignidad personal, no pudiendo ser objeto de vejaciones físicas o morales.
Todos los deportistas tienen derecho a las mismas oportunidades de acceso a los
distintos niveles deportivos. No habrá mas limitaciones que las derivadas de su
aprovechamiento o de sus aptitudes para el deporte.
Para asegurar este derecho, el Club Atlético de Lugones Sociedad Deportiva, se
compromete a facilitar:
- Un entrenador por cada equipo formado.
- Instalaciones deportivas adecuadas para la práctica del deporte.
- Equipamiento deportivo adecuado a la práctica a efectuar.
- Horarios de entrenamientos.
- Inscripción y participación de los equipos en las Competiciones Oficiales.
- La enseñanza de la disciplina deportiva del fútbol.
- La debida educación deportiva que contribuya a completar la formación
integral del deportista.
Los deportistas tienen derecho a participar en el funcionamiento del Club a través de
la designación de capitanes en cada uno de los equipos.
Todos los miembros del Club, está obligados al respeto de los derechos de los
futbolistas que se establecen en la presente normativa interna.
10.1 El Capitán del equipo
Designación
Cada equipo, a propuesta de su entrenador y mediante votación de todos los
jugadores, designarán un capitán titular y uno reserva, para cada temporada.
El sistema a seguir para la designación, podrá ser modificado por el Director
Deportivo cuando concurran circunstancias que así lo aconsejen.
En determinadas situaciones, un jugador podrá ser desposeído de la capitanía que
ostenta, si no cumple sus funciones adecuadamente.
Funciones del capitán
El capitán es el enlace entre el entrenador y sus compañeros y, a su vez, el portavoz
de estos.
En determinadas circunstancias, y por causas de fuerza mayor, con la dirección
adecuada, deberá de realizar funciones asignadas al entrenador, tales como dirigir el
calentamiento, dirigir parte del entrenamiento, decidir cambios en los partidos, etc.
Deberá de preocuparse de que sus compañeros estén debidamente informados de los
horarios de entrenamientos, partidos, convocatorias, desplazamientos, etc.
Dará ejemplo de comportamiento, dedicación, esfuerzo y motivación, tanto en los
entrenamientos como en los partidos, así como en cualquier circunstancia y lugar en
que se encuentre el equipo.
A partir de la categoría Alevín, deberá de conocer y asumir adecuadamente los
derechos y obligaciones que, por su condición, le otorga el Reglamento de Juego de
la Real Federación de Fútbol del Principado de Asturias.
11 Deberes y obligaciones de los jugadores
Todos los jugadores que formen parte del Club Atlético de Lugones Sociedad
Deportiva, tendrán los siguientes deberes y obligaciones:
- Asistir a los entrenamientos programados por el Club, esforzándose y
obligándose a aprender y mejorar en todos los aspectos.
- Los jugadores deberán estar completamente equipados y preparados para
dar comienzo el entrenamiento con rigurosa puntualidad.
- Deberán de asistir a todos los partidos y actos a que sean convocados con
la antelación determinada por el entrenador, y con la equipación deportiva
que le sea facilitada por el Club; siendo el equipamiento deportivo el
principal elemento identificador, el cual los jugadores están OBLIGADOS a
llevar cumpliendo las especificaciones que para el mismo se detallan.
- Se justificarán las ausencias a los entrenamientos y partidos en aquellos
casos en que no se pueda acudir, debiendo de ser comunicado al entrenador
con la debida antelación, salvo causas de fuerza mayor.
Se consideran motivos justificados:
* Enfermedad
* Motivos de índole familiar.
* Motivos docentes (asistencia a clases, exámenes, etc.)
* Aquellos otros que, en un determinado momento, se establezcan.
No se consideran motivos justificados:
* La ausencia por práctica de otras actividades deportivas o culturales
* La asiduidad en las faltas.
* Cualquier motivo no incluido en los anteriores.
De todas formas, el entrenador valorará el esfuerzo complementario del
jugador en la asistencia a todos los entrenamientos, pudiendo ser
determinante para convocatorias y titularidad en los partidos.
- Cada jugador cuidará todo el material del Club, tanto el común como el que
particularmente le sea asignado.
- Devolverá en perfectas condiciones la equipación que le sea facilitada por el
Club a la finalización de cada temporada.
- Se comportará con corrección y respeto en los entrenamientos y partidos,
con los jugadores contrarios, compañeros, árbitros, entrenadores y
cualquier otra persona relacionada con el Club, tanto propio como rival.
- Se comprometerán al desarrollo de la actividad deportiva durante toda la
temporada, sin perjudicar los intereses deportivos del Club.
- Constituye un deber de los jugadores el respeto a las normas de convivencia
dentro y fuera del Club. Este deber se concreta en las siguientes
obligaciones:
a) RESPETAR EL IDEARIO DEL CLUB
b) RESPETAR y utilizar correctamente los bienes materiales y
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